viernes, 31 de enero de 2014

65 MEDIDAS REFORMAR LA ADMINISTRACIÓN

Publicadas en el Bocyl de 3-2-14

La Junta aprueba 65 medidas para reformar la Administración de la Comunidad de Castilla y León


El Consejo de Gobierno ha aprobado un Acuerdo presentado por la Consejería de la Presidencia con una serie de medidas para la reforma de la Administración autonómica: 13 medidas institucionales y organizativas, 24 medidas de coordinación y reducción de duplicidades, 24 medidas de modernización y cuatro medidas de reestructuración del sector público. La presente legislatura comenzó con medidas reformistas de esta índole, como la reducción del número de consejerías –de doce a nueve y fijando una limitación futura a un máximo de diez-, altos cargos del Gobierno –un 20% menos- y del Consejo Consultivo y Consejo de Cuentas. A fecha 31 de diciembre de 2013, el sector público autonómico se redujo en un 50%, pasando de 36 a 18 empresas y fundaciones. Este Acuerdo contempla las recomendaciones incluidas en el informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas –CORA- y fija avances en la racionalización, la eficacia, la eficiencia y la transparencia del funcionamiento de la Junta de Castilla y León.
*Se adjunta el acuerdo de reforma de la Administración de la Comunidad e información sobre el Programa de Movilización de Recursos Forestales 2014-2022.
Consejo de Gobierno del 30 de enero de 2014.
Dirección General de la Oficina del Portavoz y Relaciones con los Medios
Consejo de Gobierno del 30 de enero de 2014

Castilla y León | Consejería de la Presidencia

La Junta de Castilla y León cumple, con la aprobación de este Acuerdo, el compromiso de investidura del presidente Juan Vicente Herrera relativo a la reforma de la Administración, que fue recordado en el último Debate de Política General y avanzado en detalle, el pasado 10 de diciembre, en una Comunicación del consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez, ante el Pleno de las Cortes de Castilla y León. La propuesta inicial del Gobierno autonómico se amplió con once resoluciones de los grupos parlamentarios y con las aportaciones de participación ciudadana, remitidas a través del Portal de Gobierno Abierto.

Las 65 medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León aprobadas se estructuran en cuatro apartados: medidas institucionales y organizativas, medidas de coordinación y reducción de duplicidades, medidas de modernización administrativa y medidas de reestructuración del sector público. Cada uno de dichos apartados incluye las actuaciones ya realizadas y recoge las medidas propuestas indicando asimismo el plazo de ejecución y el órgano responsable de su ejecución.

La Comisión de Secretarios Generales será el órgano de seguimiento de las medidas, la aprobación de normas y actos necesarios para su puesta en marcha se efectuará por el procedimiento de urgencia y gozarán de preferencia en su tramitación. En el texto se menciona expresamente que en el primer trimestre de 2014 se aprobará un proyecto de ley que recogerá todas las modificaciones normativas con rango de ley.

A) Medidas institucionales y organizativas

a.1. Instituciones propias
- Excluir de los asuntos sometidos a dictamen preceptivo el anteproyecto de ley anual de presupuestos de la Comunidad.
- Facilitar a las entidades locales menores el cumplimiento de la obligación de presentar sus cuentas ante el Consejo de Cuentas.

a.2. Gobierno de la Comunidad
- Mantener una única Comisión Delegada de Gobierno.

- Aprobar una nueva regulación de la organización y funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno.
- Aprobar un anteproyecto de ley de transparencia y gobierno abierto.

a.3. Órganos de participación
- Racionalizar y reducir los órganos de participación sectoriales en al menos un 50% sobre el total de los existentes en la actualidad; y mantener actualizada una relación de todos los órganos de participación y colaboración existentes con indicación de su regulación y composición.
- Modificar la regulación del Consejo de Cooperación Local para simplificar su composición, estructura y funcionamiento y convertirlo en el principal órgano de coordinación, comunicación y cooperación con las entidades locales.

a.4. Observatorios (en la actualidad existen 16)
- Atribuir la denominación de observatorio, únicamente, a aquél órgano colegiado que tenga como finalidad el estudio, análisis y seguimiento de realidades de la sociedad de Castilla y León; suprimir la denominación de observatorio a aquellos órganos administrativos que no tengan las características anteriores; y crear un único observatorio de Castilla y León que desarrolle las funciones de estudio, análisis y seguimiento en materia de violencia de género, convivencia escolar y agresiones al personal sanitario, así como sobre cualquier otra materia que se le pueda encomendar.

a.5. Órganos interconsejerías
- Atribuir a la Comisión de Secretarios Generales todas las funciones de coordinación interconsejerías.

a.6. Otras medidas
- Establecer un medio electrónico de intercambio de documentos entre la Junta de Castilla y León y el Consejo Consultivo.
- Establecer un medio electrónico de intercambio de documentos entre la Junta de Castilla y León y el Procurador del Común.
- Recopilar y analizar todos los Acuerdos de órganos colegiados de gobierno que con una pluralidad de destinatarios tengan una eficacia ilimitada. Esta recopilación se mantendrá actualizada en el Portal de Gobierno Abierto.
- Aprobar una nueva normativa de identidad institucional que unifique la imagen de la Junta de Castilla y León aplicable a todos los entes, órganos, unidades y actividades de la Administración de la Comunidad de manera que tengan una imagen en la que esté presente su adscripción a la Junta de Castilla y León.

B) Medidas de coordinación y reducción de duplicidades

b.1. Relativas a la Administración de la Comunidad Autónoma
- Establecer de forma expresa que los órganos de una Consejería puedan desarrollar sus funciones tanto para la Consejería como para el conjunto de los entes adscritos a ella.
- Racionalizar la organización de la Gerencia Regional de Salud: reducir y simplificar las estructuras administrativas sanitarias para lograr una mayor integración entre ellas y reducir duplicidades organizativas; agilizar y simplificar los procedimientos de gestión de personal; reordenar los recursos asistenciales con el fin de garantizar una mejor accesibilidad a la asistencia sanitaria, optimizar el funcionamiento del servicio e introducir nuevas fórmulas de gestión clínica que permitan la contención del gasto.
- Racionalización de la organización de la Gerencia de Servicios Sociales: incorporar a la Gerencia de Servicios Sociales las políticas que desarrolla la Consejería que tienen una estrecha relación con las competencias de los servicios sociales y la igualdad, con la finalidad de mejorar la interrelación de las actuaciones y reforzar los medios destinados a los servicios públicos de atención a las personas; concentrar en la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades servicios administrativos horizontales que se prestan en la Consejería y en la Gerencia de Servicios Sociales para evitar duplicidades y mejorar su gestión; reordenar las Gerencias Territoriales reforzando sus competencias para mejorar la atención a las personas, concentrando en ellas prácticamente la totalidad de la actividad social que desarrolla la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
- Ampliación de las funciones de los Servicios Jurídicos: regular el ejercicio por parte de la Dirección de los Servicios Jurídicos del asesoramiento, defensa y representación de los entes públicos de derecho privado, las empresas públicas y las fundaciones públicas integrantes del sector público autonómico de Castilla y León; posibilitar a la Dirección de los Servicios Jurídicos la función de asesoramiento, defensa y representación del resto de las entidades del sector público autonómico de Castilla y León.

b.2. Relativas a la Administración Local
- Impulso de la Red de Oficinas integradas de atención al ciudadano en Castilla y León: potenciar la adhesión de entidades locales al convenio suscrito entre la Administración del Estado y la de la Comunidad de Castilla y León con el objetivo de adherir el máximo número de municipios posibles.

b.3. Relativas a la Administración del Estado
- Analizar en una reunión bilateral con la Vicepresidenta del Gobierno de la Nación la viabilidad técnica y presupuestaria de las medidas propuestas en el Informe de la CORA para reducir posibles duplicidades entre ambas administraciones.
- Coordinar con la Administración del Estado las líneas de acción en los proyectos de cooperación al desarrollo y establecer un mecanismo de diálogo ágil para coordinar las acciones y proyectos de ayuda de emergencia y acción humanitaria.
- Establecer un mecanismo de coordinación para fijar la acción de cada una de las Administraciones en materia de integración de los inmigrantes y proponer criterios para la elaboración de los informes de esfuerzo de integración.
- Adhesión al órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas para una planificación conjunta en materia de asistencia a víctimas del terrorismo.
- Firmar un convenio con la Administración del Estado para que las licitaciones de los contratos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se publiciten en una plataforma única.
- Iniciar las actuaciones necesarias para coordinar el sistema de cita previa del Servicio Público de Empleo de Castilla y León con el del Servicio Público de Empleo Estatal.
- Participar en los mecanismos de coordinación de promoción exterior de la Administración del Estado.
- Firmar un convenio de colaboración para la gestión de emergencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
- Coordinar y fijar criterios de actuación entre los colectivos profesionales de la Administración de la Comunidad y los de la Administración del Estado que tienen por finalidad la protección y conservación de la naturaleza y el medio ambiente.
- Participar en el sistema de reconocimiento mutuo de licencias de caza y pesca entre Comunidades Autónomas.
- Utilizar todos los servicios que en materia de cartografía ofrece el Instituto Geográfico Nacional y mantener la colaboración con el Estado y establecer un medio de colaboración entre las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y de Agricultura y Ganadería en materia de cartografía para aprovechar los medios y trabajos de cada uno de sus órganos en materia de cartografía.
- Unificar todos los contratos de servicios que en materia de meteorología con que cuenta la Administración de la Comunidad de Castilla y León y utilizar todos los servicios de meteorología que presta la AEMET a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para reducir los servicios que se contratan.
- Mantener la realización de actividades de vacunación internacional y analizar la posible actualización de la encomienda de gestión.
- Actuar de forma coordinada con el resto de agentes en la lucha contra la violencia de género y comunicar a la Administración del Estado la intención de participar en la planificación conjunta de estas políticas.
- Poner en común con el Estado la plataforma de gestión de centros con la finalidad de su análisis pormenorizado.
- Participar en la creación de un registro único de centros docentes universitarios, universidades, centros y títulos sin perjuicio de su gestión por cada Administración en función de sus competencias.
- Participar en la formación de un registro interconectado de todos los bienes de interés cultural.
- Impulsar el desarrollo del Protocolo firmado entra la Administración de la Comunidad de Castilla y León y la Confederación Hidrográfica del Duero para simplificar trámites en 2.000 procedimientos administrativos en los que participan ambas administraciones.
- Firmar un Convenio de Colaboración con la Administración del Estado para la gestión de las competencias en materia de seguridad de presas, balsas y embalses situadas fuera del dominio público hidráulico.

C) Medidas de modernización administrativa

c.1. En materia de Recursos Humanos
- Fijar criterios homogéneos para la creación de unidades administrativas con la finalidad de evitar la excesiva atomización en unidades administrativas de las estructuras orgánicas; realizar un estudio detallado de los puestos de trabajo para su homogeneización y fijar puestos-tipo; agilizar y simplificar el procedimiento de elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo (RPT); y establecer medios que permitan atender las necesidades temporales de recursos humanos.
- Modificar el Decreto 13/2009, de 5 de febrero, por el que se regula la Organización y funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
- Revisar la regulación del teletrabajo para avanzar en la homogeneización de su aplicación y desarrollo.
- Mantener una periodicidad anual en la convocatoria de los concursos y estudiar la posibilidad de implantar el concurso abierto y permanente para personal funcionario.

c.2. En materia de Administración electrónica - Construir y poner en funcionamiento un CPD único para la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
- Establecer el tablón de anuncios electrónico en los procedimientos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León.
- Incorporar 253 procedimientos al sistema de presentación y registro de la solicitud por vía telemática y 23 procedimientos a los que se puede admitir la práctica de la notificación electrónica, para superar el 50% de procedimientos administrativos que se tramitarán electrónicamente en los niveles superiores.
- Incorporar en los procedimientos de convocatoria de ayudas o subvenciones la posibilidad de la notificación electrónica.
- Establecer las comunicaciones electrónicas como único medio de comunicación entre órganos y unidades de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
- Puesta en funcionamiento de una Oficina Virtual para la constitución en efectivo, y consulta posterior, de las garantías que los terceros deben constituir ante la Caja General de Depósitos de la Comunidad.
- Puesta en marcha de una plataforma integral de contratación electrónica.
- Establecer un sistema de solicitud de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León a través de medios telemáticos.
- Ampliar el catálogo de documentos intercambiables con el objetivo de incrementarlos en un 10% y establecer con carácter obligatorio ofrecer a los ciudadanos la posibilidad de no aportar documentos incluidos en el catálogo de simplificación documental para que se consulten directamente por los empleados públicos.
- Simplificación de procedimientos administrativos que afecten al ciudadano y reducción de cargas y trabas administrativas para empresas: incorporar la autorización provisional en 5 procedimientos; suprimir la obligación de presentar copias compulsadas en 39 procedimientos; sustituir la resolución administrativa por una declaración responsable o comunicación previa del ciudadano en 19 procedimientos
- Reducción y la simplificación de la normativa: aprobar un Plan de reducción y simplificación de la normativa; exigir que en que cada norma que se dicte contenga una tabla de derogaciones, que cuando una parte importante del articulado de una norma resulte derogado, se suprima dicha norma, dictando una norma nueva e impulsar el uso de los textos refundidos.
- Regular un nuevo procedimiento de tramitación los proyectos de ley y de disposiciones de carácter general con la finalidad de reducir y simplificar los trámites en la tramitación de los proyectos de ley y de disposiciones de carácter general.
- Simplificación del procedimiento sancionador y de pago: regular un nuevo procedimiento sancionador simplificado y algunas sanciones por infracciones no muy graves en un 50% en caso de pago voluntario en el plazo de 30 días desde la notificación del acuerdo de incoación.
- Simplificación de gestión presupuestaria: las transferencias de créditos que corresponden al titular de cada consejería estarán disponibles en el plazo de tres días desde que se notifiquen a la Consejería de Hacienda; el informe previo que la Consejería de la Presidencia debe emitir en las modificaciones presupuestarias que afectan al Plan de Cooperación Local se sustituirá por una comunicación posterior de la Consejería de Hacienda.
- Impulsar la aprobación de calendarios de series documentales y en concreto aprobar el calendario de conservación de los expedientes de contratación administrativa y de concesión de subvenciones.

c.3. En materia de Administración periférica
- Identificar los puestos de trabajo de cuerpos generales con destino en la administración periférica que pueden depender directamente del Delegado Territorial.

- Atribuir al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en cada provincia la coordinación de la utilización de los vehículos de uso administrativo independientemente del órgano administrativo al que esté adscrito.
- Potenciar el funcionamiento de la Comisión General de Coordinación Territorial favoreciendo la presencia de altos cargos de todas las Consejerías y potenciar a través de videoconferencias la comunicación entre órganos centrales y periféricos optimizando los tiempos y traslados.
- Potenciar la coordinación de todos los servicios periféricos que presta la Administración de la Comunidad a través del Delegado Territorial.
- Potenciar la información que la página web de la Junta de Castilla y León ofrece sobre las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

 D) Medidas de reestructuración del sector público

- Analizar las posibilidades de que la Fundación Centro de Supercomputación de Castilla y León y Fundación Provincial de Servicios Sociales de Burgos puedan fusionarse a otros entes dependientes de la Administración de la Comunidad.
- Limitar la posibilidad de crear entes del sector público: la creación de una entidad, la modificación de alguna ya existente o la realización de una actividad que origine que una entidad cumpla alguno de los supuestos previstos en el artículo 11 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad Financiera, exigirá informe previo de la Consejería de Hacienda.
- Limitar el destino de las cantidades aportadas a entidades privadas: Las subvenciones o aportaciones que se efectúen a entidades privadas sin ánimo de lucro podrán destinarse a gastos de personal para su funcionamiento ordinario no ligados a proyectos concretos, únicamente, en los siguientes casos: cuando las entidades beneficiarias presten servicios esenciales a los ciudadanos; cuando estén destinadas a actuaciones de I+D+i; o previa autorización de la Junta de Castilla y León.
- Remitir a las Cortes de Castilla y León una relación completa de los entes adscritos a la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

domingo, 26 de enero de 2014

El Supremo cambia de criterio sobre la notificación por correo

El Supremo cambia de criterio sobre la notificación por correo


http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/uniren14/contencioso-administrativo/noticias/5480982/01/14/El-Supremo-cambia-de-criterio-sobre-la-notificacion-por-correo.HTML

El Tribunal Supremo acaba de reducir el margen con que cuentan ciudadanos y empresas para actuar frente a cualquier acta emitida por la Administración Pública. Lo hace a través de una sentencia en la que da un vuelco a su doctrina legal sobre en qué momento culmina el intento de notificación del acta, comunicada al interesado a través de correo certificado con acuse de recibo.

Si hasta ahora la Sala entendía que el intento de notificación por parte de la Administración producía sus efectos "desde el momento de devolución del envío", el Supremo adelanta ahora ese punto a "la fecha en que se llevó a cabo" esa notificación.

De esta forma, según se desprende de la sentencia, deja de ser necesario que la Administración espere hasta que Correos remita la devolución del envío por ausencia de identificación del interesado para dar nuevos pasos.

Esta rectificación de doctrina viene de la mano de una sentencia de la Sala Tercera en Pleno, dictada el pasado 3 de diciembre de 2013, de la que es ponente el magistrado Menéndez Pérez, que corrige a otra del mismo Tribunal de 17 de noviembre de 2003. En ella se introduce un cambio en el artículo 58.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Así, según el Supremo, la acreditación de la notificación que requiere el artículo 58.4 de esa norma "es sólo una exigencia de constatación", de forma que el periodo de tiempo que transcurre entre la fecha del intento y la posterior en que se hace constar en el expediente su frustración, no prolonga el plazo del que dispone el ciudadano para mover ficha.

Del mismo modo, si el intento de notificación se produce dentro del plazo máximo de duración del procedimiento, producirá el efecto que dispone el artículo 58.4, "con independencia o aunque su acreditación acceda al expediente cuando ya venció ese plazo".

jueves, 2 de enero de 2014

PLAN FORMACIÓN ECLAP 2014

 

BOCYL 31-12-13

El plan de formación para empleados públicos ofrece 250 cursos

El Plan de Formación de la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (Eclap) para 2014 oferta cerca de 250 cursos y jornadas formativas para potenciar la modernización y calidad del servicio, a través de la formación y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Junta. La oferta de actividades, cursos y jornadas, que hoy se publican en el Boletín Oficial de la Comunidad, podrán consultarse en la web de la Eclap, www.eclap.jcyl.es
Pueden participar en la formación los empleados públicos destinados en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, tanto en la Administración General como en los organismos autónomos. En aquellas actividades en las que así esté previsto, podrán participar los empleados públicos de las administraciones de entidades locales de Castilla y León, el personal de administración y servicios de las universidades públicas de la Comunidad y el personal de la Administración del Estado en Castilla y León. Queda excluida la participación del personal docente de la Consejería de Educación, que dispondrá de su propia y exclusiva convocatoria, y del personal sanitario de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, salvo para este personal en las actividades de formación sectorial de la Consejería de Sanidad.
Los empleados públicos solicitantes han de encontrarse en situación de servicio activo o asimilada.